Tarifa reducida autónomos 2023, las nuevas condiciones en el RETA
Una de las consecuencias del cambio de sistema de cotización para 2023, es la desaparición de la “tarifa Plana” y la implantación de la “Tarifa Reducida” para nuevos autónomos.
Así pues, todos los autónomos que solicitaron la tarifa plana antes del 2023, seguirán disfrutando de esta hasta su extinción, pero no podrán acogerse a las nuevas condiciones de la Tarifa Reducida.
Índice
Tarifa Reducida para nuevos autónomos
A partir del 1 de Enero de 2023 ya no estará disponible la tarifa plana para nuevos autónomos creada en 2013 para el fomento del emprendimiento.
En su lugar, los nuevos autónomos podrán solicitar la nueva “Tarifa Reducida” que reduce la cuota a pagar para nuevos autónomos con cotización mínima en el nuevo sistema de Cotización por “ingresos reales” durante los primeros años de actividad.
Los autónomos que solicitaron y estén disfrutando de la tarifa plana anterior al 2023, podrán seguir disfrutando de esta hasta su extinción, pero en ningún caso podrán solicitar la nueva tarifa reducida.
Cuota REDUCIDA para nuevos autónomos 2023
Los autónomos que soliciten la Tarifa Reducida a partir del 1 de enero de 2023 y cumplan con los requisitos establecidos, podrán disfrutar de las siguientes cuotas reducidas al RETA.
- Primer año (12 meses desde la concesión): La cuota mensual será de 80 euros para los nuevos autónomos que coticen por la base mínima.
- Segundo año (mes 13 hasta el 24): Si el autónomo no supera el SMI durante el segundo año seguirá beneficiándose de la cuota reducida de 80 euros.
Importante saber que, si el autónomo supera con sus “Ingresos Reales” el Salario Mínimo Interprofesional, perderá la Tarifa Reducida y deberá aplicar la cuota correspondiente a su tramo de cotización según sus rendimientos netos.
Requisitos para acceder a la Tarifa Reducida Autónomos 2023
No todos los autónomos pueden acceder a la Tarifa Reducida, se deben cumplir una serie de requisitos:
- No pueden haber estado dados de alta en el RETA en los 2 últimos años.
- Si se disfrutó la prestación por Tarifa plana anteriormente, no podrán haber estado dados de alta en el RETA en los últimos 3 años.
- No tener deudas con la Seguridad Social.
- No estar en dado de alta en régimen de Pluriactividad.
- No ser autónomo colaborador.
- No superar el Salario Mínimo Interprofesional para el segundo año de Tarifa Reducida
Los autónomos societarios podrán disfrutar de la Tarifa Reducida si cumplen con los requisitos arriba expuestos.
¿Qué es la CUOTA CERO para nuevos autónomos?
La cuota cero es la ayuda ofrecida por algunas Comunidades Autónomas para subvencionar los gastos de los autónomos a la Seguridad Social en sus primeros años como autónomos en el RETA.
Con esta ayuda, compatible totalmente con la Tarifa Reducida, se bonifica el 100% de la cuota al RETA durante los dos primeros años de actividad del autónomo mientras cumpla con las condiciones establecidas.
Las comunidades que ya han movido ficha en este sentido son,
- Murcia, con “Cuota Cero + 24” bonificando el 100% de la cuota durante 24 meses para menores de 30 años y parados de larga duración.
- Madrid, con “Tarifa Cero” bonificando el 100% de la cuota durante los todos los meses que disfrute de la Tarifa Reducida estatal.
- Castilla y León, con “Tarifa Plana Plus” bonificación del 100% de las cuotas a la Seguridad Social durante 6 meses en el segundo año de actividad (del mes 13 al 18).
- Andalucía, con “Cuota Cero” bonificando el 100% de las cuotas al RETA durante los 24 primeros meses para jóvenes menores de 30 años.
Comparativa Tarifa Plana 2022 con Tarifa Reducida 2023 para nuevos autónomos
Como ya hemos comentado, los autónomos que solicitaron la tarifa plana antes del 2023 seguirán disfrutando de esta hasta su extinción y no podrán solicitar la nueva Tarifa Reducida.
Pero, ¿cuál es más conveniente para el autónomo?, pues depende.
La tarifa plana de 2022 ofrecía las siguientes cuotas al cotizar por la base mínimas
- Primer año cuota mensual de 60 euros con la base mínima de cotización.
- Segundo año, primera mitad: los autónomos disfrutan de una reducción del 50% de su cuota mensual, una cuota de 146,97 euros al mes durante 6 meses.
- Segundo año, segunda mitad: los autónomos se acogen a una reducción del 30% de su cuota mensual. Una cuota de 205 euros al mes durante 6 meses.
La tarifa plana permitía además a los autónomos las siguientes bonificaciones en la cuota si cotizaban por encima de la base mínima:
- Primer año bonificación del 80%.
- Segundo año, primera mitad, bonificación del 50%.
- Segundo año, segunda mitad: bonificación del 30%.
Además, hemos de recordar que la cotización mínima para el 2022 era de 960,6€ y en el 2023, la cuota mínima de cotización será de 751,63€, reduciendo así la base de cotización para futuras prestaciones.
Tarifa reducida Autónomos 2023
Con la Tarifa Reducida de 2023, si los “ingresos reales” no superan el SMI las cuotas a la Seguridad Social del nuevo autónomo quedan así:
- Primer año, 80 euros
- Segundo año, 80 euros. (con rendimientos netos inferiores al SMI)
Así pues, si no se supera el SMI, la Tarifa Reducida puede parecer más beneficiosa para el autónomos, pagará a la Seguridad Social, en concepto de cuotas RETA, un total de 1.920,00€ en 24 meses.
Con la Tarifa Plana de 2022, el pago al RETA durante los dos primeros años de actividad será de 2.831,82€ en 24 meses.
Sin embargo, debemos tener en cuenta diferentes circunstancias
- La tarifa reducida SOLO afecta a los autónomos con base mínima de cotización.
- Si el segundo año se supera el SMI, se pierde la Tarifa Reducida.
- La base de cotización se ve reducida en más de 500€
Vídeo ¿Qué es la tarifa reducida de Autónomos 2023?
Todo lo necesario para conocer las condiciones de la Tarifa Reducida 2023 para nuevos autónomos
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