¿Qué es una Sociedad Limitada?
Una Sociedad Limitada o, más bien, Sociedad de Responsabilidad Limitada, es un tipo de sociedad mercantil. Ésta presenta una forma de tipo capitalista en la cual el capital queda dividido en acciones sociales, que se integrarán por la aportación realizada por cada uno de los socios.
La Sociedad Limitada es una forma jurídica con responsabilidad jurídica propia. Esto implica que los socios pueden ser personas físicas o entidades jurídicas, es decir, que una Sociedad Limitada puede ser socio de otra Sociedad Limitada.
Índice
La responsabilidad de los socios
Los socios de una S.L. tienen responsabilidad limitada a la aportación de capital social realizada. Esto significa que, a diferencia de las Sociedades Anónimas, los socios no responderán ante las deudas con su patrimonio.
Esta situación favorece a los emprendedores ya que, si el primer proyecto fracasa, podrán recuperarse con cierta facilidad. De esta manera se favorece el emprendimiento, algo que desde aquí apoyamos fervientemente.
Las participaciones de una Sociedad Limitada
Lo que, popularmente conocemos como acciones en una Sociedad Anónima, se denomina participaciones en una Sociedad Limitada.
Estas participaciones pueden definirse como cada una de las aportaciones en las que se divide el capital social de la empresa. Las participaciones corresponden a una única persona que, con su aportación, adquiere la condición de socio.
La transmisión de estas participaciones está sujeta a lo establecido en los estatutos de la sociedad. Puede ser de dos tipos:
- Transmisión por actos intervivos: Expresión latina que sirve para referirse a actos jurídicos entre personas vivas. Por ello, se refiere a la transmisión de participaciones entre personas vivas. En este caso, salvo que los estatutos de la sociedad marquen lo contrario, la transmisión entre personas ajenas a la sociedad está limitada. Mientras tanto, es de libre transmisión cuando sea entre socios o en favor de ascendientes, descendientes o cónyuge. El socio interesado en transmitir las participaciones deberá comunicarlo por escrito ante los administradores y, una vez notificada la transmisión, deberá ser aprobada por el resto de socios.
- Transmisión mortis causa: Este tipo de transmisión se da en el momento en el que uno de los socios fallece. Las participaciones pasan a sus herederos o legatarios.
¿Qué empresas forman la economía?
En Europa en general y en España en particular, las economías están formadas por pymes. Y dentro de las pymes, la S.L. es la gran figura de las empresas.
Dentro de las pymes podemos hacer tres tipos de distinciones:
- Micropyme: Se refiere a aquella empresa que cuenta entre 1-10 trabajadores y tiene un volumen de negocio inferior a los dos millones de euros. En España contamos con 1.150.000 micropymes que son parte fundamental del desarrollo económico del país.
- Pequeña empresa: Todas aquellas conformadas por entre 10-50 trabajadores y un volumen de negocio inferior a 10 millones de euros. En España existen unas 150.000 pequeñas empresas que, en su mayoría son sociedades limitadas. Forman parte imprescindible del tejido empresarial español.
- Mediana empresa: Las empresas formadas por entre 50-250 trabajadores y tienen un volumen de negocio menos a 50 millones de euros. Alrededor de 25.000 medianas empresas forman parte del tejido empresarial de España.
Fuera de estas tres, ya encontramos las grandes empresas, que disponen de una plantilla superior a los 250 trabajadores y un volumen de negocio elevado, superior a 50 millones de euros. En España hay unas 5.000 grandes empresas.
Ventajas de la Sociedad Limitada
La principal ventaja de la Sociedad Limitada es la responsabilidad limitada. Como ya hemos comentado anteriormente, los socios tienen una responsabilidad limitada al capital aportado a la sociedad. De esta forma se resuelve uno de los principales problemas que tienen figuras como el autónomo, que responde ante las deudas con su patrimonio, no se establece división entre patrimonios.
La aportación inicial, uno de los grandes problemas a la hora de constituir una sociedad. En el caso de las S.L., esta aportación inicial mínima deberá ser de 3.000€. Una cantidad muy asequible que no es siquiera necesario que sea en dinero.
También se contemplan otras vías de aportar esa cantidad, como por ejemplo en bienes valorados en dicha cantidad. Además, podemos encontrar las Sociedades Limitadas de Formación Sucesiva, aquellas en las que podemos ir aportando capital progresivamente hasta que llegamos a la cantidad mínima necesaria para formar una S.L.
Nota: Una Sociedad Anónima exigirá una aportación inicial de 60.000€.
Otra de las ventajas es la de la gestión simplificada. Ésta nos permite cumplir con nuestras obligaciones contables y fiscales de manera más sencilla con respecto a la S.A., aunque más compleja en comparación con los autónomos.
Los costes también son una de las ventajas de las S.L. En ellas tenemos costes de constitución, mantenimiento y liquidación que pueden parecer un inconveniente. Sin embargo, actualmente, gracias a los centros PAE, podemos crear la sociedad en poco tiempo y con un coste reducido. Además, estos costes son inferiores a otras formas jurídicas existentes.
Los socios son otra gran ventaja de esta forma jurídica. Podemos ser solo un socio o tener infinitos. Además, pueden ser una persona física o jurídica. Gran ventaja con respecto al empresario individual.
Gracias a la imagen comercial, podremos facturar con el nombre de nuestra sociedad y CIF, lo cual permite dar transmitir una sensación de fiabilidad y de mayor tamaño a otras empresas.
La tributación es una buena ventaja, especialmente en el momento en el que se comienza a generar más beneficio. El Impuesto de Sociedades es fijo, por lo que no se tendrá que pagar la parte proporcional de los ingresos obtenidos en el IRPF.
Finalmente, la posibilidad de acceso a capital, es decir, poder incluir socios capitalistas que aporten dinero para poder seguir creciendo.
Inconvenientes de la Sociedad Limitada
Al igual que tiene ventajas, la Sociedad Limitada también tiene sus inconvenientes. Por ello, también debes conocerlos para poder elegir con buen criterio la forma jurídica de tu proyecto.
La transmisión de las participaciones se erige como uno de los principales problemas de toda S.L. Como ya hemos explicado anteriormente, hay una serie de reglas a cumplir para poder transmitir nuestras participaciones.
Los gastos, del mismo modo que son una ventaja, se pueden tornar en inconveniente. A pesar de que pueden ser relativamente asequibles, tiene costes de constitución que pueden suponer un problema de inicio. Costes como el Certificado de Denominación Social Negativa, las tasas del notario, el Registro Mercantil, etc. hay que tenerlos en cuenta.
Además, los gastos de liquidación tienen que entrar en consideración. En caso de liquidación de la empresa, habrá que pagar esa liquidación así como los gastos de notario y de Registro Mercantil para publicar la liquidación.
La cotización en el RETA es otro inconveniente. El administrador de la empresa deberá darse de alta pero sin poder acogerse a las ventajas para emprendedores. Desde el comienzo se tendrá que pagar una cuota ampliada como autónomo societario que asciende a 360€ mensuales para poder ser administrador de la sociedad. Por lo tanto, el coste en cotización es superior.
La gestión puede suponer un inconveniente si se compara con la gestión del empresario individual. Se adquieren una serie de obligaciones adicionales que pueden dificultar la gestión más de lo habitual.
Vídeo
Si, a pesar de este artículo, sigues teniendo dudas al respecto, no dudes en consultar también nuestro vídeo. Además, una vez ya sabes qué es una Sociedad Limitada, conociendo sus ventajas e inconvenientes y tienes interés en constituir una, te ofrecemos nueve sencillos pasos para hacerlo posible. ¡No tienes excusa!
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