La flexibilización y la letra pequeña de los ERTES

Los ERTEs han sido una de las medidas que ha tomado el Gobierno durante la crisis sanitaria para paliar sus efectos. De esta manera se intenta desahogar a los autónomos y pymes, que han visto reducida su facturación y necesitan pagar a sus empleados. Sin embargo, el Ejecutivo ha aprobado nuevas medidas para su flexibilización.
Esta flexibilización de los ERTEs tiene como objetivo subsanar fallos de la anterior medida y dar cabida a todos aquellos empresarios que no pueden seguir con su actividad o que están trabajando mucho menos de lo que lo hacen habitualmente. El Gobierno ha tenido que corregir esta medida, al verse desbordado ante la avalancha de solicitudes que se han sucedido desde el decreto del estado de alarma. Esto además muestra que no hay funcionarios suficientes en la Administración que puedan abarcar tal cantidad de trabajo.
El Gobierno no fue capaz de prever que la mayoría de empresas cuya actividad ha quedado paralizada solicitarían ERTEs. Para realizar estas solicitudes existen unos plazos, y como desde la Administración no son capaces de dar abasto, o bien deniegan las solicitudes directamente o solicitan más documentación, con el consiguiente aumento de los plazos que esto conlleva.
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¿Por qué una flexibilización en los ERTES?
La flexibilización de los ERTEs quiere decir que, ante la incapacidad de revisar todas las solicitudes, se van a aceptar todas, alegando que son ERTEs por causas de fuerza mayor. Por lo tanto, el silencio administrativo por parte de Hacienda implicará la concesión de los mismos. Sin embargo, como en toda medida adoptada, existe una letra pequeña que la convierte en peligrosa.
La ley dice que se podrán solicitar los ERTEs por fuerza mayor y que la Administración, en un plazo de cinco días, nos dará una respuesta. En principio directamente quedan aprobados por lo que simplemente quedaría enviar la documentación de los trabajadores al SEPE para que los trabajadores puedan acceder a esta prestación. Aquí es cuando entra la letra pequeña ya que se especifica que estos ERTEs pueden ser revisados durante los próximos cuatro años.
Esto quiere decir que no se está aprobando el ERTE con plenas garantías sino que son revisables. Y si no se cumple con las exigencias de los mismos, o si la Administración cambia de criterio, estas solicitudes se pueden revisar y acabar siendo rechazadas. El resultado, la devolución del dinero otorgado por el Estado y su consiguiente multa. Un Real Decreto que genera inseguridad jurídica para el empresario.
¿Cuánto tiempo van a durar los ERTES?
El segundo punto del que hay que hablar sobre este tema es el de la duración que va a tener la prestación. Una duración que se va a limitar al tiempo que dure el período de alarma. En cuanto este concluya, concluirán también las ayudas.
El Real Decreto aclara que el día posterior a la finalización del estado de alarma, los trabajadores deben reincorporarse a sus puestos de trabajo, recuperando sus salarios habituales. Una situación peligrosa porque la crisis económica no entiende de tiempo y no se va a recuperar la economía justamente en el mismo momento en el que finalice el estado de alarma.
Es necesario adaptar a los empleados y plantillas a la situación económica, y no a la crisis sanitaria. Porque el nivel de actividad, una vez acabe el período de alarma, no va a ser inmediatamente el mismo que antes de su decreto.
El ERTE para los trabajadores
El ERTE no sale gratis para los trabajadores, ya que aquellos que ven reducida al 100% su jornada, tan solo cobrarán el 70% de la base de cotización destinada al desempleo. Si la jornada se reduce, por ejemplo, en un 50%, de este 50% que entra en ERTE, percibirá ese 70%. Como resultado, verá reducidos sus ingresos en cualquier caso.
También hay que recordar que, para las empresas de menos de 50 trabajadores, las cotizaciones a la Seguridad Social están también cubiertas puesto que el trabajador no tiene posibilidad de desarrollar su actividad profesional.
Cabe recalcar, además, que la Administración ha reducido la cantidad habitual que proporcionaba por esta prestación por desempleo. El uso habitual de esta prestación tiene una serie de mínimos y, a partir de ahí, tiene en cuenta aquellas situaciones especiales, como por ejemplo favorecer a quienes tienen una familia con un mayor número de miembros.
Vídeo
El nuevo decreto ley se ha convertido simplemente en una medida para legislar sobre lo legislado. Una nueva manera que ha encontrado el Gobierno para salir del paso en estos momentos de crisis y cubrirse de cara al futuro cuando la situación vuelva a su cauce habitual. Además, queda la sensación de constante improvisación, ya que el Ejecutivo no parece haber sido capaz de prever las solicitudes masivas de ERTE por parte de las pequeñas y medianas empresas.
En cualquier caso, hemos preparado un vídeo en el canal en el que hablamos sobre este tema más en profundidad y como las medidas que ha tomado el Gobierno pueden afectar o dejar de hacerlo a todos aquellos que quieran acceder a esta prestación temporal. ¡No te lo pierdas!