Cómo hacer un contrato de trabajo

Un contrato de trabajo es un acuerdo bilateral que se establece entre el empresario y el trabajador y en el que se reflejan aspectos importantes de la relación laboral que se establece así como los deberes y obligaciones de ambas partes.
La actividad de muchas pymes depende de la contratación de personal y, en la mayoría de estos casos, se convierte en la principal fuente de gasto de éstas. Por este motivo, es importante conocer cuál es el coste de la contratación de los empleados; tanto el coste directo como otros gastos generados por tener empleados a nuestro cargo.
Índice
Costes salariales
Los costes salariales no son únicamente el pago de una nómina. Éstos engloban otros costes que también se incluyen dentro de esta categoría y que podríamos dividir en:
- Salario: La cantidad de dinero que percibirá mensualmente el trabajador. Es necesario conocer el convenio colectivo al que pertenece nuestra actividad para pagar la cantidad correcta al empleado.
- Pagas extra: Deben ser tenidas en cuenta dentro del coste salarial mensual aunque no se produzcan todos los meses porque al final van a afectar al resultado de nuestra actividad.
- Seguridad Social: La empresa está obligada a pagar la mayor parte de la cuota de la Seguridad Social aunque exista un pequeño porcentaje que lo pague el trabajador y el empresario debe retener de la nómina.
- Retenciones: Es obligación del trabajador pagar los impuestos pero responsabilidad del empresario retener las cantidades correspondientes e ingresarlas en la Agencia Tributaria.
- Costes sociales: Costes que se incurren por derechos que tienen los trabajadores, como por ejemplo:
- Vacaciones remuneradas: Por convenio, a cada trabajador le corresponden una serie de días de vacaciones en los que, cobrará como si estuviese desempeñando su actividad.
- Derechos sociales: Derechos que tiene el trabajador y que pueden llegar en cualquier momento de la relación laboral, como por ejemplo, permisos por maternidad/paternidad, por mudanzas, por ingresos de un familiar, por acudir a una mesa electoral, etc.
- Indemnizaciones por despido: Según avanza la relación laboral, se generan una serie de derechos de indemnización que también deberán ser tenidos en cuenta a la hora de saber cuánto nos va a costar el trabajador.
- Otros costes: Al realizar su actividad, podemos encontrar que el trabajador incurra en una serie de gastos de la índole del desplazamiento o la manutención que, como empresarios, tendremos que abonar.
Formación inicial y continua
Cuando un nuevo trabajador llega a la empresa, es necesario invertir tanto tiempo como dinero en un período de formación para que se adapte y conozca los entresijos de la actividad que va a desarrollar.
También es preciso invertir en una formación continua para el trabajador, para que éste esté al día y así pueda ofrecer el mejor servicio posible.
Los ingresos que genera un contrato de trabajo
Un puesto de trabajo genera una serie de beneficios para el empresario aunque, en muchos casos, no se le puedan atribuir directamente ingresos. Por ello, será necesario trabajar en una proporción de ingresos que se le puedan asignar a un puesto de trabajo. De este modo podremos calcular la rentabilidad que el nuevo trabajador nos va a retribuir.
Es preciso recordar que existe un convenio colectivo al que ajustarse, por lo que existe un mínimo al que atenerse a la hora de establecer el salario. En función de ese mínimo, podremos aumentar el salario en función de lo que consideremos que merezca ese trabajador.
Cómo hacer un contrato de trabajo
Para hacer un contrato de trabajo es vital seguir seis pasos:
- En primer lugar hay que obtener el certificado digital. Para las S.L. es obligatorio aunque para autónomos todavía no sea así. A efectos de la Seguridad Social es absolutamente imprescindible.
- Posteriormente, hay que obtener el CCC (Código de Cuenta de Cotización) en la tesorería general de la Seguridad Social. Es un número que se le asigna a la empresa para darse de alta. Tendremos diferentes CCC por provincia y por centro de trabajo. Si tenemos trabajadores en prácticas o en formación, tendremos también un CCC diferenciado, aunque en este 2020 la Seguridad Social pretende unificarlos todos para que no tengamos tantos números distintos a la hora de realizar trámites con la administración.
- El tercer paso es el de afiliar al trabajador a la Seguridad Social. Si el trabajador no dispone de uno, la propia empresa tramitará la obtención de este número.
- Una vez el trabajador se ha afiliado a la Seguridad Social, habrá que darle de alta, comunicándoles los datos del trabajador que se soliciten.
- Después habrá que registrar y comunicar el contrato en el SEPE. Tenemos la obligación de comunicar la contratación incluso aunque ésta no se realice por escrito.
- Finalmente, hay que presentar los seguros sociales porque es obligación de la empresa mostrar esas cotizaciones que le corresponden a la empresa en la Seguridad Social.
Vídeo
Ya hemos hablado sobre cuáles son los pasos a seguir para hacer un contrato de trabajo y, como habréis podido comprobar, aunque sea un proceso laborioso, no es realmente complejo. Por otro lado, también deberás tener en cuenta cuáles son los diferentes tipos de contratos de trabajo que existen en España, algo de los que ya hablamos en anteriores artículos.
Como siempre, si a pesar de todo, sigues teniendo dudas acerca de cómo elaborar un contrato, hemos preparado un vídeo en el canal en el que hablamos sobre este tema. ¡No dudes en visitarlo!