Calcular la cuota de autónomos a la Seguridad Social
Calcular la cuota de autónomos que tendremos que pagar mes a mes es imprescindible para el comienzo de nuestra actividad. De este modo, podremos incluirlo en nuestros planes de inicio y, así, emprender con toda la información posible en nuestro poder.
Índice
La base de cotización y el tipo de gravamen
Para el cálculo de esta cuota hay que tener en cuenta dos factores fundamentales:
- La base de cotización
- El tipo de gravamen que vamos a aplicar a la base de cotización
Estos dos parámetros han aumentado en el 2019, situándose la base mínima en 944,4 euros y el tipo de gravamen en el 30%.
¿Y por qué este 30%?
Hasta ahora algunas coberturas eran voluntarias y permitían reducir este tipo de gravamen, pero, desde este 2019, todos los autónomos tienen que cotizar obligatoriamente por cuatro coberturas. Su desglose es el siguiente:
- Contingencias comunes: el 28,30%
- Contingencias profesionales: el 0,9%
- Incapacidad temporal: el 0.46%
- Incapacidad permanente, muerte y supervivencia: el 0,44%
- Cese de actividad: el 0,7%
- Formación continua: el 0,1%
Así, teniendo en cuenta este 30% y que la base mínima de cotización es de 944,4 euros, la cuota mínima a pagar cada mes a la Seguridad Social asciende a 283,32 euros.
¿Qué va a pasar con estas cantidades en los próximos años?
Parece que la tendencia es ir subiendo el tipo de gravamen. Ya está acordado que en el año 2020 éste suba al 30,3% y que en el 2021, hasta el 30,6%, con lo que la cuota a pagar a la Seguridad Social va a subir.
Desconocemos si también subirá la base de cotización, pero se rumorea que existe la intención de ir subiéndola poco a poco.
¿Cuál es tu cuota de autónomo a la Seguridad Social?
Ahora vamos a repasar los casos más comunes en los que nos podemos encontrar como autónomos para así calcular la cuota de la manera más sencilla.
Nuevo autónomo con derecho a la tarifa plana
Tener derecho a la tarifa plana supone cumplir una serie de requisitos: darse de alta como nuevo autónomo o después de haber pasado más de dos años desde la baja en el RETA (3 si ya se disfrutó de esta bonificación).
Estos son los importes de la tarifa plana en función del transcurso de los meses desde el alta:
- Del mes 1 al 12: 60 euros
- Del mes 13 al 18: 141,65 euros
- Del mes 19 al 24: 198,31 euros
Esos 60 euros equivalen a una bonificación del 80% en la cuota normal que pagaríamos por esa cotización mínima.
Muy importante: en la cuota de la tarifa plana sólo se incluyen las contingencias comunes y profesionales. No se incluye, en ningún caso, ni el cese de actividad (el paro del autónomo), ni la formación continua, lo cual no tiene mucho sentido, porque, para un nuevo autónomo, la formación es algo muy importante.
Autónomo sin tarifa plana
Si estás dentro de este caso, el importe de tu cuota desde el inicio será de 283,32 euros, que es el resultado de aplicar a la base mínima 944,40 euros el tipo del 30%.
Esta cuota es la mínima a pagar, ya que como autónomos podemos elegir cuál va a ser nuestra base de cotización, con un máximo de 4070,10 euros.
Así, una vez elegida la base le aplicaremos el 30% para calcular nuestra cuota a pagar cada mes.
En España el 90% de los autónomos paga la cuota mínima (283,32 euros), pero no hay que olvidar que si cotizamos poco, después tendremos prestaciones de jubilación reducidas.Por lo tanto, es muy importante calcular cuál es nuestra cuota ideal: aquella que nos podamos permitir pagar hoy y que el día de mañana nos dé derecho a la pensión que nos gustaría tener.
Nuevo autónomo con derecho a la tarifa plana residente en un municipio de menos de 5.000 habitantes
Si, además de ser nuevo autónomo, resides en un municipio de menos de 5.000 habitantes, tienes una serie de ventajas adicionales.
Los primeros 24 meses se pagan 60 euros si has elegido la base mínima. Si ésta es mayor, tendrás que multiplicar la base por el 30% y después aminorarla en una bonificación del 80% (213,81 euros).
Del mes 25 al 36 pagarás 198,31 euros, y al igual que antes, si nos interesa una base mayor, multiplicaremos ésta por el 30% aplicando una bonificación del 30%.
Autónomo societario
Un autónomo societario es el administrador de una sociedad. Su base mínima es superior a la del autónomo normal: hablamos de 1214,08 euros en lugar de los 944,4. Aplicando el tipo del 30% la cuota resultante es sensiblemente superior: 364,22 euros.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que el autónomo societario no puede acogerse a la tarifa plana, pues, aunque la ley lo permite, el criterio de la Seguridad Social es otro bien distinto. Algún autónomo ha llevado esto a juicio y lo ha ganado, pero, hasta que la Administración no cambie de criterio, solamente la vía judicial será la única para intentar conseguir esa tarifa plana.
Pago y retraso en el pago de la cuota de autónomos
Como autónomo tienes la obligación de ingresar la cuota que te corresponda al final de cada mes y desde el primer día del inicio de tu actividad. Por este motivo, debes saber que desde el 2018 no tienes que pagar la cuota de autónomos por el mes completo. Sólo debes cotizar desde el día efectivo de tu alta como autónomo y hasta el día en que te des de baja, siempre que lo hagas en plazo.
El recargo por pagar la cuota fuera de plazo es el 20%. Pero si pagas en el mes siguiente al vencimiento, esta penalización se reduce al 10%.
Conclusión
Hoy hemos visto cómo calcular nuestra cuota a la Seguridad Social por estar dados de alta en el RETA como autónomos, cuota que depende del tipo de gravamen y de la base de cotización, muy importante ésta a la hora de poder calcular nuestra pensión futura.
Si estás pensando darte de alta como autónomo aquí te explicamos los trámites necesarios para ello.