¿Qué son las SOCIEDADES PROFESIONALES? características y tipos
Las sociedades profesionales están regulada por la Ley 2/2007 del 15 de Marzo que permitió el registro de sociedades mercantiles con objetos sociales referentes a actividades hasta entonces reservadas a profesionales titulados y colegiados.
Índice
¿Qué es una sociedad profesional?
Las sociedades profesiones son sociedades mercantiles que tienen como objeto social el desarrollo de actividades profesionales en común.
En consecuencia, los socios de estas sociedades deben acreditar ser profesionales de la actividad, con la titulación pertinente y el registro obligatorio en el Colegio Profesional correspondiente.
Estas forma jurídica suelen emplearla abogados, arquitectos, ingenieros, aparejadores, economistas, médicos, etc..
Así, la sociedad profesional permiten desarrollar actividades empresariales entre profesionales colegiados, con las ventajas de ambos sistemas.
Socios de una Sociedad profesional
El número mínimo de socios en la sociedad profesional están definidos por el tipo de forma jurídica y sus requisitos en este ámbito.
Los socios de una sociedad profesional son profesionales, pero también se admiten socios no profesionales, eso sí, al menos la mitad del capital social debe estar en manos de socios profesionales.
En estas sociedades, los socios pueden ser personas físicas o personas jurídicas.
Los socios profesionales serán los profesionales que cumplan los requisitos para la actividad profesional (titulación y colegiación), que no estén inhabilitados para la misma y que la desarrollen dentro de la empresa.
También se considerarán socios profesionales las sociedades inscritas en Colegios Profesionales que participen de manera activa en la compañía.
Características de las sociedades profesionales
La sociedad profesional tienen las siguientes características:
- Libre elección de la forma jurídica societaria, sociedad civil, sociedad limitada, sociedad anónima, sociedad laboral, sociedad cooperativa, sociedad comanditaria, etc…
- La denominación social se complementará con “Profesional” y una “P” en las siglas, sociedades limitadas profesionales, S.L.P, sociedades anónimas profesionales S.A.P, etc..
- Socios profesionales deberán tener la mayoría del capital social y de los derechos de voto.
- Seguro de responsabilidad social obligatorio e identificado en la escritura pública de constitución.
- Obligación de registro en Registro Mercantil y en el registro de Sociedades Profesionales del Colegio Profesional correspondiente.
- Admiten varias actividades profesionales
- Objeto social solo actividades profesionales
- Dependiendo del tipo de sociedad la responsabilidad estará limitada al capital aportado, pero solo por las deudas generales, los socios responderán de manera solidaria a las deudas derivadas del ejercicio de la actividad profesional.
- Si la administración de la sociedad recae sobre un administrador único este deberá ser socio profesional, si es en un consejo de administración, al menos la mitad deben ser socios profesionales. Los consejeros delegados también deberán ser socios profesionales.
- En las sociedades por acciones, por ejemplo las Sociedades Anónimas Profesionales SAP, las acciones serán nominativas.
Constitución de sociedades profesionales
La constitución de una Sociedad Profesional dependerá fundamentalmente de la forma jurídica elegida, no será igual la constitución de una sociedad limitada profesional SLP, que una sociedad civil profesional.
Para las sociedades mercantiles, sociedad limitada profesional y sociedad anónima profesional:
- Certificado de denominación social negativo expedido por el Registro Mercantil Central.
- Aportación del capital social por parte de los socios.
- Acta de constitución y estatutos en el notario
- Identificación de los socios profesionales, indicando colegio al que pertenecen y su número de colegiado.
- Actividad de la empresa, debe ser profesional
- Órganos de administración de la sociedad cumpliendo con las condiciones propias de estas sociedades.
- Seguro de responsabilidad civil con la compañía y numero de póliza.
- Solicitud de NIF en Agencia Tributaria y liquidación del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Inscripción en el Registro Mercantil correspondiente.
- Inscripción en el Registro de Sociedades Profesionales del Colegio Profesional correspondiente
- Solicitud del NIF definitivo en la Agencia Tributaria
- Solicitud del Certificado digital.
Ventajas e inconvenientes de las sociedades profesionales
Como cualquier otra forma jurídica la sociedad profesional tienen ventajas e inconvenientes que es importante conocer.
Ventajas sociedad Profesional
- Asociación de profesionales, esto les permite cierta ventaja competitiva ante los profesionales individuales.
- Mayores garantías para los clientes, mayores estructuras para garantizar el servicio.
- Fiscalidad, derivada de la condición de sociedad mercantil y de la tributación por Impuesto de Sociedades
Inconvenientes sociedades profesionales
- Responsabilidad, los socios mantienen limitada su responsabilidad sobre la actividad general, pero de manera solidaria frente a la actividad profesional propiamente dicha y sus deudas.
- Obligación de colegiación de todos los socios profesionales, todos los socios profesionales deberán estar colegiados.
- Costes administrativos y de gestión, derivados de la condición de sociedades mercantiles.
- Capital social mínimo, en las sociedades que así lo requieren.
- Mayoría del capital social y voto en manos de socios profesionales, esto dificulta en muchas ocasiones la entrada de capital en estas sociedades.
Vídeo ¿Qué es una Sociedad Profesional?
¿Qué es una sociedad profesional y para que sirven?, características, tipos, requisitos, restricciones, etc..