El permiso retribuido recuperable

Aprendimiento

El permiso retribuido recuperable, es una de las medidas que se aprobaron el pasado 29 de marzo, mediante el Real Decreto-Ley 10/2020, para paralizar de manera completa la economía del país. Los trabajadores que no pueden realizar el teletrabajo han sido habilitados para obtener este permiso cuyo objetivo es el de evitar que las personas salgan de casa y así disminuir la tasa de contagios.

Además, esta medida se aprobó durante el fin de semana, lo que impidió a los trabajadores y empresas a adaptarse a la nueva situación. Aunque si se dio una moratoria para que durante la jornada del lunes se pudiera instalar el teletrabajo. Sin embargo, hay que analizar a quién afecta esta medida y quién va a soportar la carga económica de la misma.

El permiso retribuido recuperable

El Real Decreto obliga a las empresas a proporcionar un permiso retribuido recuperable. En otras palabras, un permiso desde el  30 de marzo hasta el 9 de abril que tendrá que pagar la empresa. Esta medida tiene una serie de características:

  • Es un permiso retribuido, tal y como sería el permiso por maternidad o por una mudanza. La empresa se hace cargo de todos los gastos del trabajador, teniendo que abonar a la Seguridad Social las cotizaciones sociales así como el salario. Una obligación impuesta por el Gobierno que repercute en las empresas. Que sea recuperable es una indicación de que estas horas deben recuperarse durante el año.
  • Las horas no siempre van a ser recuperables. Existen sectores en los cuales resulta imposible recuperar las horas por diversos motivos. Un ejemplo son aquellos trabajos que se dividen por turnos, en los cuales entra un trabajador para que otro finalice su jornada. Además, la actividad económica no se va a resolver al día siguiente de la finalización del estado de alarma, por lo que horas adicionales no tendrán sentido alguno.

El permiso retribuido recuperable para los autónomos

Aunque en un primer momento también parecía que la medida podía afectar a los autónomos, que verían imposibilitada su actividad, si el autónomo trabaja para una empresa parece difícil alcanzar ese acuerdo. Y si lo hace para sí mismo es ya imposible de todo punto.

Por ello, el Gobierno ha confirmado que los autónomos seguirán pudiendo realizar su actividad porque, en realidad, no van a poder, empujándoles a un cese de actividad que no termina de concederse. En esta situación, aún tienen que seguir demostrando que su facturación se ha visto reducida en un 75%. Por lo tanto, el autónomo podrá seguir trabajando aunque en realidad no va a poder.

Actividades esenciales

El Real Decreto ha determinado las actividades que se consideran esenciales y que adjuntamos en este enlace. Entre todas las actividad, hay una que destaca sobre el resto. Los graduados sociales, asesorías y gestorías se incluyen entre estas actividades primordiales para el funcionamiento del país. En realidad, hay que tener en cuenta la necesidad que tienen numerosas empresas y autónomos de asesoramiento y gestión para la tramitación de solicitudes.

Sin embargo, se considera esencial a este colectivo precisamente porque el plazo de impuestos no se ha suspendido y, a día 1 de abril, ya se pueden presentar las liquidaciones trimestrales que la mayoría de empresas y autónomos debemos hacer. Por tanto, tenemos hasta el día 15 para la presentación domiciliada y hasta el 20 para el plazo final de presentación. La economía está parada, muchos negocios no obtienen ingresos pero hay que seguir abonando impuestos.

Vídeo

El permiso retribuido recuperable, como hemos podido ver, con las condiciones que establece, parece ser una medida momentánea para que las empresas sigan pagando y en un futuro ya se buscará la solución. Supone una nueva mochila cargada de peso para emprendedores y empresarios, ya que la actividad económica no se va a recuperar inmediatamente.

Es un tema complicado, como todos los que están sucediendo durante esta etapa de crisis sanitaria por lo que, además del artículo, hemos preparado un vídeo en el canal para aclararos dudas que podáis tener acerca de este permiso retribuido recuperable. ¡No os lo perdáis!

 

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