Cese de actividad autónomos

Recupera el IVA
de las facturas impagadas

Nos encargamos de todo el procedimiento de recuperación. Si quieres más información, rellena el formulario de la derecha y nos pondremos en contacto contigo lo antes posible.

Una de los asuntos que cada vez más preocupan a los autónomos y empresas, es la posibilidad de recuperar el IVA de aquellas facturas que han sido impagadas por sus clientes y por las que, en su día, ingresaron en Hacienda la correspondiente cuota de IVA repercutido.

La Ley de IVA, art. 80, indica que se puede recuperar el IVA de las facturas impagadas siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

 

  • Haya transcurrido un año desde el devengo del impuesto repercutido sin que se haya obtenido el cobro de todo o parte del crédito derivado del mismo. En el caso de las pymes (volumen de operaciones en el año natural inmediato anterior no superior a 6.010.121,04 euros), este plazo puede ser de 6 meses, o si lo prefieren pueden esperar al año, como en el caso del resto de empresas.
  • Que esta circunstancia haya quedado reflejada en los libros registros exigidos para este impuesto.
  • ​Que el destinatario de la operación sea un empresario o profesional (o si no lo es, que la base imponible de la operación, IVA excluido, sea superior a 300 euros)
  • ​Que se haya instado al deudor para que pague la deuda mediante reclamación judicial o requerimiento notarial.

Te presentamos una solución ofrecida por Cobrálitas para recuperar el IVA de las facturas impagadas e incluso, el total de la deuda. No tienen por qué ser grandes cantidades.
A partir de 150 euros de deuda ya es rentable solicitar el servicio.

Caso práctico

Si reclamas una deuda de 400€

⚫ IVA: 84€
⚫ Coste de la reclamación: 25€

✔ Recuperas 59€ + posibilidad de recuperar el total de la deuda: ¡484€!

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